En España, las elecciones generales son el mecanismo mediante el cual la ciudadanía elige a sus representantes en el Congreso de los Diputados y en el Senado, las dos cámaras que conforman las Cortes Generales según la Constitución aprobada en 1978, el órgano legislativo del país. Se trata de un sistema representativo, en el que los ciudadanos no eligen directamente al presidente del Gobierno, sino a sus representantes parlamentarios, que después jugarán un papel clave en la formación del Ejecutivo.
La ley que regula el proceso electoral en España es la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), aprobada en 1985. Esta ley fue elaborada tras la aprobación de la Constitución de 1978, con el fin de establecer un marco estable para los procesos electorales democráticos. La circunscripción electoral es la provincia, es decir, cada una de las 50 provincias del Estado más las dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla) elige un número determinado de diputados y senadores. En el caso del Congreso, a cada provincia se le asigna un mínimo de dos escaños, independientemente de su población
La Ley D’Hondt es un sistema de reparto proporcional de escaños que se utiliza en España para la elección de los diputados al Congreso. Es un método matemático que asigna escaños entre las listas de partidos en función de los votos obtenidos. No es una ley en sentido jurídico, sino un método de cálculo creado por el jurista belga Victor D’Hondt en el siglo XIX. Se emplea en sistemas proporcionales para convertir votos en escaños.
Cada provincia se considera una circunscripción electoral.
Se establece un número de escaños a repartir en cada circunscripción (mínimo 2 por provincia, más otros repartidos según la población).
Para cada partido, se toma el número total de votos obtenidos y se divide sucesivamente entre 1, 2, 3, 4… hasta alcanzar el número total de escaños en la provincia.
Se ordenan todos los cocientes obtenidos y se asignan los escaños a los partidos que tengan los cocientes más altos.
La circunscripción es provincial
Este es uno de los elementos clave del sistema electoral español.
La provincia como circunscripción favorece a los partidos más votados en cada territorio.
Las provincias menos pobladas tienen una representación desproporcionadamente alta (porque todas tienen al menos 2 diputados), lo que introduce un sesgo hacia partidos que tienen votos concentrados territorialmente.
En cambio, los partidos con apoyo disperso por todo el país, pero sin ser mayoritarios en ningún lugar, salen perjudicados.
La base del sistema electoral está en la Constitución Española de 1978, concretamente:
Artículo 68.2:
"La circunscripción electoral es la provincia. Las ciudades de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una por un Diputado."
Esto establece que la circunscripción electoral es la provincia, lo que es clave en la configuración actual del sistema, aunque la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) es la que desarrolla el método D’Hondt específicamente.
Tras celebrarse unas elecciones generales y constituirse el Congreso de los Diputados, se procede a la elección de la Mesa del Congreso, que es el órgano rector de la Cámara Baja. Esta Mesa está compuesta por el presidente del Congreso, cuatro vicepresidentes y cuatro secretarios, y se encarga de organizar el funcionamiento del Parlamento, decidir sobre la admisión a trámite de iniciativas y regular los debates. El presidente del Congreso, una vez elegido, tiene una función clave en el proceso de investidura: propone al monarca (jefe del Estado) un/a candidato/a a la presidencia del Gobierno, basándose en las consultas realizadas con los distintos grupos parlamentarios. El Rey, siguiendo esta propuesta, designa formalmente al candidato.
Este candidato debe entonces buscar apoyos en el Parlamento y presentar su programa de gobierno ante el Congreso de los Diputados. La investidura se vota en sesión parlamentaria. Si el candidato obtiene la mayoría absoluta (176 votos o más) en la primera votación, queda automáticamente investido como presidente del Gobierno.
Si el candidato no alcanza la mayoría absoluta en la primera votación, se celebra una segunda votación 48 horas después, en la que basta con obtener mayoría simple, es decir, más votos a favor que en contra. Si el candidato no logra ser investido, el procedimiento se repite con otros posibles candidatos.
Si en el plazo de dos meses desde la primera votación de investidura ningún candidato logra ser investido presidente, se procede automáticamente a la disolución de las Cortes y se convocan nuevas elecciones generales. Este proceso busca garantizar la formación de un Gobierno con una base parlamentaria suficiente, reflejando la voluntad popular expresada en las urnas, y asegurando la estabilidad institucional del país.
1977: 78,83%
1978: 68,04%
1982: 79,97%
1986: 70,49%
1989: 69,79%
1993: 73,44%
1996: 76,44%